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La deducción por vivienda habitual se mantiene aunque la alquiles en tus vacaciones

El alquiler turístico de la vivienda habitual por espacios breves de tiempo, aunque sean continuos a lo largo del año, no supone que el hogar pierda esta condición, y sus consiguientes beneficios fiscales, según un juzgado de Guipúzcoa.

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El precio de la vivienda no experimentará grandes variaciones en 2020 pese al COVID-19

Los expertos en tasación prevén incluso incrementos por debajo del 2%

Aún es pronto para hacer pronósticos fidedignos, lo cierto es que hasta que no lleguemos a la llamada nueva normalidad no podremos vislumbrar el estado de la economía española. Estamos a la espera de ver la evolución del mercado. Pese a la prudencia reinante, expertos tasadores empiezan a dar algunas pistas de por donde pueden ir los tiros. Así, desde la Asociación Española de Análisis del Valor (AEV), consideran que los precios de la vivienda no sufrirán variaciones “bruscas” este 2020, pese a la pandemia que ha sacudido el mundo. La entidad ha dado ha conocer esta proyección a través del XII Observatorio de la Valoración, elaborado por expertos de la sociedad de tasación y otros profesionales del sector.

El 50% de estos expertos y un 30% de los panelistas estiman crecimientos a ritmos bajos, por debajo del 2% durante el segundo y tercer trimestre de 2020 y una pequeña caída en el cuarto del 0,23%. Incluso prevén, un repunte de los precios en 2021. Por el contrario, algunos panelistas que no están de acuerdo con esta proyección creen que durante lo que queda de 2020 los precios podrían experimentar caídas moderadas. En este marco, la recuperación sería algo más tardía y en 2021 seguirían experimentándose ajustes en los precios a causa de la recesión global, la caída del empleo o el enfriamiento del volumen de transacciones.

Disminución de la producción de viviendas

Por otro lado, el informe detalla que se prevé una bajada en la producción de vivienda que ya se apuntó a finales del 2019. Por lo que, tal y como apunta el mismo informe “nada tendría que ver con la crisis del coronavirus, pero sí que intensificará esta tendencia a la baja”. La mayoría de los expertos tasadores considera que la causa del problema reside en la “debilidad de la demanda que, pese a la recuperación del sector, aún arrastra desequilibrios financieros, laborales y demográficos”. El informe pone especial énfasis en resaltar el problema de la accesibilidad como uno de los más graves de las economías desarrolladas, “provocada (en muchos casos) por la alta concentración de demanda en unos pocos mercados”.

Nuevas oportunidades

Hemos oído miles de veces esa frase que “toda crisis genera oportunidades”. La crisis del COVID, parece que no va a ser una excepción. Y es que, según la AEV, la grave afectación que han tenido el sector turístico y el del alquiler por temporadas, puede llegar a ser una oportunidad preciosa para el acceso a la vivienda. Desde la asociación están convencidos que el trasvase de estos pisos al alquiler resolvería “tal vez de forma temporal, algunos problemas de accesibilidad”. Los expertos coinciden en que la conversión de una parte de la vivienda turística en vivienda de alquiler podría hacer aumentar la oferta de alquiler y presionar a la baja las rentas. Pero se trata de una solución provisional ya que no solucionaría de forma definitiva el problema de acceso a la vivienda.

“Lo efectos de esta crisis serán más suaves que los de la crisis “precedente”

Las conclusiones del XII Observatorio no son concluyentes ni unánimes, pero si que dan ciertas pistas de cómo puede llegar a ser la evolución de la crisis en el sector inmobiliario. En este sentido Paloma Arnaiz, secretaria general de la AEV asegura que “mientras parece claro que este año las variaciones en los precios serán, en todo caso, pequeñas, el comienzo de la posterior remontada está absolutamente ligado a los efectos permanentes de la pandemia sobre los niveles del PIB, empleo y renta familiar”. Finalmente, también añade que esta crisis externa ha llegado al sector en u momento “mucho más fuerte, profesionalizado y financieramente saneado, por lo que los efectos serán más suaves que los de la crisis precedente”.

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La inversión en el mercado residencial de alquiler seguirá creciendo en Europa 

Knight Frank, la consultora inmobiliaria independiente líder en el mundo, acaba de publicar un nuevo informe en el que analiza la tendencia ascendente del mercado privado de viviendas en alquiler (Private Rented Sector -PRS) en toda Europa, un segmento que cada vez recibe mayor atención por parte de los inversores.

Como recoge el informe los fondos de capital privado tendrían acumulados más de 338.000 millones de dólares a la espera de ser invertidos en el sector inmobiliario -una cifra que ha aumentado considerablemente de los 236.000 millones destinados en 2015 a este mercado-, a la vez que las asignaciones de fondos de pensiones a bienes raíces continúan creciendo. Y aunque un porcentaje importante de este capital irá destinado a la inversión en el mercado inmobiliario comercial, el residencial se muestra cada vez más rentable para los inversores.

Los datos de RCA (Real Capital Analytics) reflejan que la inversión en stock residencial en toda Europa creció un 13% en el primer trimestre de 2020 en comparación con los primeros meses de 2019. De hecho, el sector residencial supuso el 24% de toda la inversión inmobiliaria en Europa entre enero y marzo de este año (frente al 19% de 2014). Este crecimiento contrasta con la contracción de los yields en varios mercados inmobiliarios comerciales core y, en la situación actual, el sector residencial ofrece tanto diversificación como beneficios basados en los ingresos a largo plazo.

Analizando la inversión en el segundo trimestre de 2020 en España, la inversión residencial ha representado el 25%, solo superada por el sector de oficinas durante este periodo. A pesar de la paralización que se ha vivido durante este trimestre, los datos reflejan el interés que sigue teniendo el inversor por este tipo de activos también aquí.

Este auge del mercado privado de viviendas de alquiler también se está notando en España desde hace tiempo, y las circunstancias en que nos encontramos consolidarán esta tendencia. Aquí, el Snapshot realizado por Knight Frank con los datos del primer trimestre de PRS recoge que la inversión en estos inmuebles se situó en 330 millones de euros, una cifra que se acercaría a los 600 millones de euros hasta el mes de junio. «En los últimos meses, ya se ha constatado una importante afluencia de capital de interés tanto nacional como extranjero en busca de oportunidades de inversión en nuestro país para carteras de vivienda en alquiler», constata Carlos Zamora, Director del Área Residencial de Knight Frank.

Como explican desde Knight Frank los inmuebles de build to rent son considerados activos defensivos desde hace mucho tiempo, puesto que se trata de un sector que está más vinculado a las tendencias demográficas que a los ciclos económicos, lo que previsiblemente mantendrá la demanda de inversión a pesar de la situación actual. En algunos países, la reducción del tamaño de los hogares y el aumento de los precios de la vivienda han impulsado la demanda de alquiler y según datos de la OCDE casi el 80% de los mercados residenciales dentro de la Unión Europea han visto aumentar la relación precio / renta de la vivienda en los últimos cinco años.

Se están viendo ciertos cambios demográficos estructurales y en las formas de entender el estilo de vida que están favoreciendo un mayor crecimiento de las poblaciones urbanas, donde, por otro lado, la oferta de vivienda es insuficiente. Y puesto que las nuevas generaciones prefieren vivir y trabajar en grandes ciudades, desde Knight Frank esperan que esta tendencia continúe.

Esto supone una oportunidad única para muchos inversores, más aún al tener en cuenta que los primeros datos indican que el residencial ha resistido mejor que otros mercados el impacto del Covid-19. Y es que, aunque en los últimos meses la gestión y organización de los alquileres ha sido un gran reto, finalmente las tasas de renovación han aumentado -ya que los inquilinos están prefiriendo dar continuidad a los contratos- y los ingresos, en forma de cobro de alquileres, se han mantenido fuertes. En Reino Unido, por ejemplo, una encuesta realizada por Knight Frank reflejaba que los mayores inversores en PRS habían registrado niveles de cobro de los alquileres del 96% en marzo, 94% en abril y del 95% en mayo.

Ya antes del Covid-19 los equipos de research de Knight Frank esperaban ver una mayor presencia de activos residenciales en las carteras de ciertos grupos inversores, para quienes podrían llegar a representar la mitad de sus inversiones inmobiliarias en la próxima década. Otro ejemplo de la buena aceptación de este segmento es la llegada, durante los últimos años, de varios fondos europeos centrados en el sector residencial, una tendencia que, debido a la situación actual, es de prever que se acelere.

A este respecto, Stuart Osborn, Head of European Residential Investment Transaction de Knight Frank, apunta que «en los últimos tres meses fondos institucionales, así como otros inversores oportunistas, han puesto su mirada en este sector, anticipando y analizando todos los movimientos. Los precios han permanecido relativamente estables, sin mostrar grandes ajustes, por lo que esperamos ver una actividad renovada en el mercado, que aunque al principio será tentativa, irá creciendo».

Stuart observa que «a medida que cambia el mercado laboral es probable que la flexibilidad y los servicios especializados suban puestos en el ranking de prioridades a la hora de escoger una vivienda. Esto, junto a la continua falta de oferta, la incertidumbre económica, el aumento del desempleo y un mercado hipotecario frustrado hará que el mercado de alquileres siga teniendo una gran demanda. Y esto, a su vez, apuntalará un aumento significativo en la actividad de inversión».

El mercado residencial en España: de comprador a arrendatario

Hasta el pasado mes de abril se había registrado un descenso del 2% en el número de hipotecas firmadas en España en comparación al año anterior. En cuanto al número de transacciones en nuestro país, según datos oficiales, la cifra registrada durante el primer trimestre fue de más de 110.000 operaciones de compra-venta, produciéndose como era de esperar, un descenso anual superior al 15%.

En lo que se refiere a los precios de venta, durante el primer trimestre del año la variación trimestral de la vivienda libre bajó un 0,7%, mientras que la evolución anual se mantuvo en positivo con un 0,2%. Desde la consultora inmobiliaria esperan que la situación actual se refleje en el mercado de la vivienda español con un descenso de precios de en torno al 10% al final de año, debido a la previsible escasez de demanda y el incremento de oferta. Mientras, los precios del alquiler continúan con una tendencia ligeramente alcista en nuestro país, habiendo registrado durante el mes de junio los 11,3 €/m².

En este contexto, el equipo de expertos de Knight Frank apunta que el mercado residencial de alquiler será el beneficiado de esta crisis frente al mercado de compra-venta. Y es que, pese a que desde hace ya un tiempo las entidades financieras ofrecen unos intereses históricamente mínimos, algunos factores contrarrestan el presumible impulso que este hecho podría traer consigo a la hora de favorecer las transacciones. Por ejemplo, el cambio sociocultural que supone contar con una nueva generación de trabajadores que demanda mayor flexibilidad y movilidad laboral. A este hecho se sumarán las consecuencias de la crisis sanitaria que estamos viviendo, que impedirán que potenciales clientes puedan hacer frente a una entrada que supone normalmente entre el 20 y el 30% del precio de venta total.

Además, tras la pandemia, el mercado ya ha reflejado un cambio en la demanda residencial, con los compradores dando una mayor importancia al confort y los espacios exteriores como atributos prioritarios a la hora de decidirse por una nueva residencia. Precisamente, como indica Carlos Zamora, «el alquiler ofrece una posibilidad mayor de acceder a una vivienda superior frente a la compra y esperamos ver un claro movimiento de comprador a arrendatario». No obstante, aunque se espera este repunte de la vivienda en alquiler después de la crisis, desde Knight Frank no prevén que se produzca a corto plazo una caída de las ventas.

Durante el mes de junio se ha visto cómo se ha mantenido la tendencia alcista de los precios en vivienda de alquiler en las principales localidades españolas, siendo la ciudad de Madrid la que ha registrado uno de los valores más altos.

Esto previsiblemente será otro impulso para el «Build to Rent» para «producir toda esa cartera de vivienda en alquiler que hace falta para que España se sitúe a un nivel comparable al de otros países europeos». Además, otra de las tendencias en el área residencial que se ha acelerado en estos últimos meses de confinamiento, es la necesaria profesionalización de la cartera de vivienda de alquiler, que actualmente solo representa un 5% del total en España.

Noticia de: https://www.inmodiario.com/161/29523/inversion-mercado-residencial-alquiler-seguira-creciendo-europa.html

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Fomento convoca ayudas a la rehabilitación de edificios por importe de 4,6 millones

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente convoca por tercer año las ayudas para la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad y para la mejora de la seguridad y accesibilidad por un importe de 4.586.490 euros, dentro del programa comprometido para el periodo 2018-2021 de Ayudas a la Rehabilitación de Edificios y la Regeneración Urbana.

El Boletín Oficial de Castilla y León publicó el día 3 dos convocatorias de subvenciones que se enmarcan en el programa de Ayudas a la Rehabilitación de Edificios y la Regeneración Urbana 2018-2021, dotado con 36,7 millones de euros.

Las líneas de ayudas convocadas están destinadas a la mejora de la seguridad y accesibilidad de las viviendas y a la mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad de las mismas. La primera está dotada con 2.833.245 euros y la segunda, para la mejora de la eficiencia energética, cuenta con un presupuesto de 1.753.245 euros, lo que hace un total de casi 4,6 millones de euros. Del total previsto para estas convocatorias, al menos una cuarta parte se destinará a los municipios.

Los beneficiarios de las ayudas en ambos casos serán las comunidades de propietarios y las agrupaciones de comunidades de propietarios y las personas físicas que sean propietarias de una vivienda unifamiliar aislada o agrupada en fila, siempre y cuando los ingresos de la unidad de convivencia residente no excedan cinco veces el IPREM.

En el caso de las ayudas para la mejora de la accesibilidad, podrán optar también los propietarios y arrendatarios de viviendas situadas en edificios de tipología residencial colectiva cuando en ellas resida una persona con discapacidad o mayor de 65 años.

Entre las actuaciones subvencionables recogidas en el Plan 2018-2021 se incluyen obras de accesibilidad en el interior de la vivienda, la reducción de la concentración de radón, instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en aparcamientos y la instalación de fachadas y cubiertas vegetales, entre otras.

Dos años ampliables

El plazo para ejecutar la obra será de 24 meses, ampliable a 26 para actuaciones de mejora de la eficiencia energética que afecten a 40 o más viviendas.

Los beneficiarios justificarán la subvención aportando una memoria con las actuaciones de rehabilitación realizadas, acompañada de fotografías, licencia municipal o declaración responsable y certificados de inicio y final de obra, así como la memoria económica que justifique el coste de las actuaciones de rehabilitación realizadas.

Las ayudas a la Rehabilitación y Regeneración Urbana están orientadas a fomentar la cultura de la rehabilitación en Castilla y León, a la recuperación y revitalización del patrimonio inmobiliario y residencial de los núcleos urbanos y rurales. Estas subvenciones se enmarcan en el consenso con los agentes sociales y económicos, plasmado en el Acuerdo del diálogo Social de 15 de febrero de 2018 para el desarrollo de la política de vivienda 2018-2021, así como en la colaboración entre administraciones, a través del nuevo Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.

La resolución de las convocatorias del año 2018 y 2019 permitirán la rehabilitación de un total de 2.352 viviendas en toda la Comunidad, 516 de las cuales se ubican en el medio rural, con una inversión total que supera los 29 millones de euros.

NOTICIA RECOGIDA DE: https://avilared.com/art/47868/fomento-convoca-ayudas-a-la-rehabilitacion-de-edificios-por-importe-de-46-millones

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Las razones por las que la firma de hipotecas registra un buen arranque de año a pesar del covid-19

La llegada del coronavirus ha sido la gran sorpresa negativa de 2020. La llegada de la crisis sanitaria y los meses del confinamiento para frenar su expansión han puesto del revés la economía, el mercado laboral y el sector inmobiliario.

Las compraventas de viviendas registraron en abril su mayor caída de la historia, según los notarios, mientras que el número de hipotecas inscritas en el Registro de la Propiedad bajó más de un 18% interanual, con 23.840 operaciones. Con este descenso, el balance de los cuatro primeros meses del año ha entrado en números rojos: entre enero y abril se han formalizado 125.586 préstamos para la compra de vivienda, un 2,1% menos que el año pasado. Es la primera caída en este periodo en seis años.

Sin embargo, también hay una lectura más tranquilizadora: el volumen de hipotecas registradas en este primer tercio del ejercicio es el tercero más alto de la última década, solo superada por el de 2019 (128.229) y por el de 2011 (173.659). Además, prácticamente duplica al de los peores ejercicios tras el estallido de la burbuja inmobiliaria: en 2014, por ejemplo, se formalizaron menos de 66.000 préstamos hasta abril.

¿Y cómo es posible que en pleno estado de alarma por el covid-19 la cifra sea tan elevada? Para empezar, porque no podemos olvidar que el INE se nutre de los datos del Registro de la Propiedad, y que normalmente pasan varias semanas entre que el préstamo se firma ante notario y se inscribe en el registro. Así, en los datos de abril se están contabilizando las hipotecas firmadas en su mayoría entre febrero y marzo.

Como recuerda Juan Villén, responsable de idealista/hipotecas, “el arranque de año tiene dos partes, los primeros meses, con un crecimiento fuerte, y la de abril, con una fuerte caída que aún no refleja totalmente el parón del confinamiento, por lo que esperamos que los datos de mayo y junio sean malos, y el acumulado del primer semestre no sea tan positivo como el de estos cuatro meses”.

Lo mismo sostiene Santos González, presidente de la Asociación Hipotecaria Española (AHE), quien insiste en que “los datos de los notarios reflejan de forma más cercana el momento del mercado y ya adelantaron una caída de más del 50% en abril”. En su opinión, «en los próximos meses veremos un cruce de tendencias porque las estadísticas muestran ciclos temporales distintos y, mientras las hipotecas que se firman ante notario empezarán a remontar el vuelo pronto, impulsadas por el inicio del desconfinamiento y la vuelta de la demanda, en el caso de los préstamos inscritos en el registro veremos unos datos peores que hasta ahora”.

De hecho, Villén asegura que en junio “estamos viendo una recuperación fuerte de firmas de hipotecas que se habían quedado paradas, así como incremento en la demanda de nuevas hipotecas, por lo que, si no hay sorpresas negativas en la segunda parte del año, se debería recuperar una gran parte del terreno perdido en estos meses”.

La clave de todo estará en cómo se comporte la demanda y cómo influya el momento de incertidumbre actual (en términos económicos, laborales, fiscales e incluso sobre el precio de la vivienda) en quienes estén buscando financiación bancaria para la compra de una casa. De momento, las previsiones del Banco de España no descartan que la tasa de paro alcance el 20% y que la economía se desplome a un ritmo de dos dígitos. Un pronóstico que coincide con el de muchos analistas y con el de organismos como el Fondo Monetario Internacional (FMI). 

“Hasta después de verano no podremos comprobar cómo se está comportando la demanda, si el impacto de la crisis del covid-19 va a ser brutal o si va a ser asumible. Ahora mismo nos encontramos en la tormenta perfecta y habrá una rotura del mercado, pero todavía no podemos saber si va a ser puntual”, concluye el presidente de la Asociación Hipotecaria Española.

 

Fuente idealista news:

https://www.idealista.com/news/finanzas/hipotecas/2020/06/29/784397-las-razones-por-las-que-la-firma-de-hipotecas-registra-un-buen-arranque-de-ano-a-pesar

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Previsión de bajada de impuestos en segundas residencias

La Agencia Tributaria ve lógico no imputar las rentas inmobiliarias durante el estado de alarma. Tendría que cambiar la ley para la renta del año que viene.

Hacienda baraja la posibilidad de bajar los impuestos que pagan los contribuyentes particulares por sus segundas residencias. Se trataría de una medida puntual y estaría estrechamente relacionada con las restricciones de movimiento derivadas del coronavirus sobre todo si los contribuyentes no han podido disfrutar de las segundas residencias consecuencia de dichas restricciones.

A pesar de que la legislación actual no se contempla ningún tipo de excepciones (solo prevé excepciones de uso urbanístico) y, por tanto, de momento sí se imputarían las rentas, desde la subdirección general de Impuestos sobre la Renta de las Persona Físicas creen, que hay tiempo para modificar la ley, “ya que la medida no se haría efectiva hasta la próxima Campaña de la Renta, que será entre abril y junio de 2021”.

De momento no hay un plan concreto al respecto, aún no se sabe si se va a modificar la leyAunque la fiscalidad no puede cambiar todo, también se ha abierto la posibilidad de modificaciones sobre los impuestos que pagan los trabajadores por las retribuciones en especie. No podemos olvidar que ya en el pasado las retribuciones en especie estuvieron exentas en el IRPF. El coronavirus ha provocado esta situación y obviamente la legislación hay que adaptarla a los cambios.

La imputación de las rentas inmobiliarias

Según explica la agencia tributaria en su web “tienen la consideración de rentas inmobiliarias imputadas aquellas que el contribuyente debe incluir en su base imponible del IRPF por ser propietario o titular de un derecho real de disfrute sobre determinados bienes inmuebles urbanos, incluyendo las que se deriven de un derecho real de aprovechamiento por turno sobre bienes inmuebles”.

Por ejemplo, se trata de inmuebles urbanos al margen de la vivienda habitual y que no se encuentren afectos a actividades económicas, o bien inmuebles rústicos que no resulten indispensables para el desarrollo de explotaciones agrícolas, forestales o ganaderas.

Todos ellos tributan en el IRPF teniendo en cuenta la participación que ostenta el contribuyente sobre la titularidad del inmueble (en caso de que haya varios propietarios) y en los siguientes porcentajes:

  • Con carácter general se aplicará el 2% sobre el valor catastral del inmueble que figure en el recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
  • El 1,1% para aquellos inmuebles cuyo valor catastral haya sido revisado, modificado o determinado mediante un procedimiento de valoración colectiva que haya entrado en vigor en el período impositivo o en el plazo de los diez períodos impositivos anteriores.
  • Para aquellos inmuebles que carezcan de valor catastral o no hayan sido notificados al contribuyente a la fecha de devengo del impuesto el porcentaje del 1,1% se aplicará sobre el 50% del mayor de los siguientes valores: el comprobado por la Administración a efectos de otros tributos o el precio, contraprestación o valor de la adquisición.

En el caso de que un inmueble se adquiera o transmita en el transcurso de un ejercicio o haya estado arrendado o afecto a una actividad económica durante parte de un año, así como en los demás supuestos en que el inmueble haya estado a disposición de sus propietarios o usufructuarios únicamente durante parte de un ejercicio, la Agencia Tributaria señala que “la renta imputable será la que proporcionalmente corresponda al número de días comprendidos en dicho período”.

Y en los supuestos de derechos reales de aprovechamiento por turno sobre bienes inmuebles, “la imputación deberá efectuarla el titular del derecho real, aplicando el porcentaje del 2% o 1,1%, según proceda, al resultado de prorratear el valor catastral del bien inmueble en función de la duración anual del período de aprovechamiento”.

Noticia de Infonews https://www.inmonews.es/prevision-bajada-impuestos-segundas-residencias/

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El país: La ayuda al alquiler podrá solicitarse hasta el 30 de septiembre y tendrá un máximo de 5.400 euros

La dotación será de hasta 900 euros al mes durante medio año a devolver en seis ejercicios

Los microcréditos de ayuda para el pago del alquiler de la vivienda para los afectados por la crisis del coronavirus tendrán una cuantía máxima de 5.400 euros, es decir, 900 euros para un máximo de seis mensualidades, y podrán pedirse con efectos retroactivos para el pago de abril. Así, el Boletín Oficial del Estado (BOE) confirma este viernes en una orden la cuantía máxima que desde un primer momento se barabaja, así como sus plazos. Estos préstamos podrán devolverse en un intervalo de seis años sin ningún tipo de interés para el beneficiario, aunque en casos concretos, el plazo podrá ampliarse hasta los 10 años. El crédito se formalizará mediante un contrato de préstamo entre el banco y el arrendatario, y el máximo de seis meses comenzará a contar desde el momento de la firma. Las ayudas, no obstante, serán entregadas directamente al propietario del inmueble.

Los préstamos, con una línea total que asciende a los 1.200 millones de euros del Instituto de Crédito Oficial (ICO), deberán ser solicitados por el interesado ante la entidad de crédito, con el modelo de solicitud publicado también este viernes, antes del 30 de septiembre de 2020, y deberán formalizarse antes del 31 de octubre del mismo año. No obstante, estos plazos podrán prorrogarse hasta el 30 de noviembre y el 31 de diciembre de 2020, respectivamente. Esta semana, además, se amplió el plazo hasta el 2 de julio para que los inquilinos en situación de vulnerabilidad puedan pedir a sus caseros la moratoria o condonación del alquiler.

Datos recogidos de: https://cincodias.elpais.com/cincodias/2020/05/01/economia/1588327226_104400.html

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PROGRAMA DE FOMENTO DEL ALQUILER POR LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

Es un servicio prestado por la Junta de Castilla y León cuya finalidad es impulsar el mercado del alquiler realizando una labor de intermediación en la que se conjuguen garantías para los propietarios y un alquiler a precios asequibles para los inquilinos. A tal fin, se establecen tanto los requisitos que deben cumplir las viviendas como los requisitos subjetivos que deben cumplir sus propietarios y los futuros arrendatarios.

Actualmente no existe ninguna vivienda disponible en este Programa. En el momento en que existan viviendas a disposición se publicará el listado correspondiente en este mismo apartado.

REQUISITOS DE LAS VIVIENDAS Y PROCEDIMIENTO PARA SU INCLUSIÓN EN EL PROGRAMA

  • La vivienda y los anejos a ella vinculados, que deberán alquilarse conjuntamente, habrán de estar desocupados.
  • La titularidad de la vivienda deberá de corresponder a una o varias personas físicas, y constar en el correspondiente Registro de la Propiedad.
  • Superficie de la vivienda no superará los 90 metros cuadrados útiles o hasta 120 en el caso de familias numerosas.
  • La vivienda deberá de estar en perfectas condiciones de uso y habitabilidad, pudiendo estar amueblada o sin amueblar.
  • Contar con la Inspección técnica de construcciones y con el certificado de eficiencia energética, si corresponde.
  • La vivienda deberá de estar ubicada en una localidad de Castilla y León con una población igual o superior a 5.000 habitantes.

SOLICITUD: LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN 

  • De forma presencial, en las Oficinas de Información y Registro de la Junta de Castilla y León y en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 (LRJAP).
  • Mediante Telefax, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 118/2002, de 31 de octubre.
  • De forma telemática en el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (http:/www.tramitacastillayleon.jcyl.es).

DOCUMENTACIÓN

  • Nota simple registral de la vivienda.
  • Si la titularidad de la vivienda fuera de varias personas físicas, deberá aportarse conformidad por escrito de todas ellas.
  • Documento que acredite encontrarse al corriente en el pago de las cuotas de la comunidad de propietarios.
  • Fotografías actuales de todas las dependencias de la vivienda.
  • Copia del certificado de eficiencia energética del edificio o vivienda.
  • Declaración responsable de haber pasado la inspección técnica de construcciones.
  • La presentación de la solicitud implica la autorización expresa para publicar los datos de la vivienda en la página Web de la Junta de Castilla y León, así como, facilitar el teléfono de contacto a los futuros arrendatarios.

TRAMITACIÓN Y RESOLUCIÓN

  • La ordenación, instrucción y resolución corresponde a la Dirección General competente en materia de vivienda.
  • El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres meses desde la fecha en la que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.

DETERMINACIÓN DE LA RENTA MÁXIMA

  • El precio máximo del alquiler no podrá ser superior al 80% del precio del alquiler de una vivienda de protección pública de régimen general a 10 años situada en el mismo municipio en el que se encuentre la vivienda.
  • Se determinará el importe de la renta y se notificará al interesado.
  • En el plazo de 10 días hábiles, contados desde el siguiente al de la notificación, el interesado deberá aceptar o rechazar por escrito la renta máxima así como el resto de condiciones.
  • A falta de contestación se considerará que no desea la inclusión de su vivienda.

OTROS GASTOS DE LA VIVIENDA

  • Serán por cuenta del propietario el pago de la cuota de la comunidad de propietarios, así como el impuesto sobre Bienes Inmuebles o cualesquiera otros tributos que graven sobre la vivienda.
  • Serán por cuenta del arrendatario los gastos correspondientes a suministros y servicios de la vivienda.

INCLUSIÓN DE LA VIVIENDA EN EL PROGRAMA, VIGENCIA Y CANCELACIÓN

  • La inclusión de la vivienda en el programa tendrá una vigencia de dos años.
  • La vigencia se extinguirá en el caso de que la vivienda sea arrendada. Una vez finalizado el arrendamiento, el propietario podrá volver a solicitar su inclusión.
  • En cualquier momento, siempre que la vivienda no esté alquilada, se podrá solicitar su baja.

REQUISITOS DE LOS ARRENDATARIOS

  • Estar inscritos como titulares en el Registro Público de Demandantes de Viviendas de Protección Pública de Castilla y León.
  • No ser titulares de vivienda.
  • Ingresos de la unidad familiar o arrendataria deberá ser superior a 1 vez el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), sin corregir, e inferiores a 6,5 veces el referido IPREM, corregidos.
  • Destinar la vivienda, única y exclusivamente, a residencia habitual y permanente del arrendatario y su unidad familiar.
  • No haber estado sujeto a un proceso de desahucio por falta de pago, ni haber causado graves desperfectos en alguna vivienda arrendada al amparo de este programa en los dos años anteriores a la firma del contrato.

¿CÓMO PROCEDER AL ARRENDAMIENTO?

  • Publicación en la Web de la Junta de Castilla y León, de las viviendas que hayan sido incluidas en el Programa de Fomento del Alquiler, con indicación de la ubicación, características y precio máximo.
  • Los interesados contactarán con el teléfono 012 , donde  previa comprobación de su inscripción en el Registro de Demandantes y el cumplimiento de requisitos del Programa de Fomento del Alquiler, se les facilitará el teléfono del propietario.
  • Acordado el arrendamiento, se comunicará a la Dirección General referida a los efectos de la firma del contrato que podrá ajustarse al modelo disponible al efecto.
  • La fianza deberá ser depositada por la parte arrendadora en la forma legalmente prevista.
  • Un original del contrato deberá quedar depositado en la citada Dirección General.
  • La Consejería competente en materia de vivienda podrá suscribir un seguro que garantice el impago o los costes de reparación de los desperfectos que se produzcan dentro del primer año de vigencia del contrato.
  • Información y asesoramiento durante el proceso de arrendamiento.

PARA MÁS INFORMACIÓN PUEDE LLAMAR AL 012

Noticia recogida de la consejería de vivienda de la Junta de Castilla y León https://vivienda.jcyl.es/web/es/vivienda/programa-fomento-alquiler.html

 

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